LA "SEGMENTACIÓN" DE SUBSIDIOS NO APLICA A TIERRA DEL FUEGO.
La denominada "segmentación" de subsidios en el precio de la energía eléctrica y el gas natural anunciada por el gobierno nacional no incide ni resulta aplicable en forma alguna a los clientes fueguinos, po lo que ninguno de ellos debe tomarse la molestia de rellenar el promocionado formulario en línea y de paso renunciar al secreto fiscal autorizando al Estado a compartir y usar los datos personales y económicos de entregados en distintas reparticiones y conlas empresas prestadoras de esos servicios públicos regulados.
EN CUANTO AL SERVICIO PÚBLICO Y MONOPÓLICO DE GAS (CAMUZZI).
En
cuanto al servicio público de venta y distribución de gas natural por
red, el mismo se encuentra regulado por un ente nacional (ENARGAS) a
pesar de que el art. 3 de la ley 26.197 (ver mi nota del 2016
https://estudiorauch.blogspot.com/2016/05/los-recursos-naturales-de-tierra-del.html),
faculta al estado provincial a asumir la plena regulación del servicio
en la provincia. En nuestra provincia, el servicio de venta y
distribución de gas natural se halla concesionado a la firma CAMUZZI GAS
DEL SUR S.A.
Conforme surge de los ítems facturados por esta empresa, no existen pagos o "subsidios" abonados por el Estado nacional, provincial o municipal.
Existe
en cambio un descuento del valor del gas suministrado por Camuzzi que
ésta empresa recibe a su vez de un Fondo denominado "Fondo Fiduciario
para Subsidios de Consumos
Residenciales de Gas." que se integra con un recargo sobre del precio
pagado por los distribuidores a las empresas petroleras que extraen el
gas por concesión del Estado. Por ende no se trata de un "subsidio" que
el Estado entrega a Camuzzi, sino de un descuento pagado de un Fondo creado con dicho recargo,
a pesar que los políticos legisladores le dieron esa tramposa
denominación en la ley. (veáse el segundo párrafo de la ley 25.565 mod.
por la ley 27.637).
(http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/70000-74999/73048/texact.htm).
A su vez gobierno dispuso que el "Cuando el RECARGO corresponda a
compras de empresas Distribuidoras o
Subdistribuidoras de gas natural, deberá ser trasladado a las facturas
por consumos finales de los usuarios de los servicios que se encuentren
afectados por el mismo, de modo que tales empresas no registren
ganancias ni pérdidas derivadas de la aplicación del mismo." (art. 9 del
DNU 786/02). Finalmente, en agosto del 2021, el Ministerio de Economía
de la Nación dispuso fijar en 5,33% el monto a pagar por el recargo, y
autorizar a Camuzzi Gas del Sur S.A. a aplicar y
trasladar en su exacta incidencia, el recargo sobre el precio de gas
natural adquirido a las petroleras productoras (Total y Pana American en
Tierra del Fuego) O sea queda claro que desde siempre, el llamado
subsidio de zona fria, es soportado por los usuarios, no por el estado
ni las empresas.
Asi lo muestra el desgloce de los rubros facturados que cualquier usuario residencial fueguino puede constatar en su factura.
EN CUANTO AL SERVICIO PÚBLICO Y MONOPÓLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
La
prestación de ese servicio en la provincia es llevada a cabo por una
empresa estatal (DPE) y una Cooperativa privada en concesión.
La autoridad regulatoria de este servicio es el Poder Ejecutivo provincial, quien fija y dispone el cuadro tarifario del mismo.
El Estado Nacional no participa ni aporta dinero alguno en concepto de subsidio a las tarifas fijadas por el gobierno provincial, como surge del desgloce de los rubros facturados:
Vale decir que respecto de este servicio, no existe subsidio nacional o provincial alguno para los usuarios residenciales. Simplemente el cuadro tarifario ha sido confeccionado cobrando más cara la energía a quienes no son usuarios residenciales. En muchos casos MUCHO más cara.
Como el servicio ésta exclusivamente dentro de la órbita provincial, la responsabilidad del costo de la electricidad en Tierra del Fuego recae unicamente en los políticos que votamos.
Por otra parte, la mayor parte de la generación de energía eléctrica en Tierra del Fuego se obtiene mediante el uso de gas que abastece los generadores locales de las empresas generadoras. Es decir que salvo que se produzca un incremento de la tarifa general en todo el país dispuesta por ENARSA que pagan estas empresas provinciales, y el Gobernador resuelva autorizar su traslado a los consumidores fueguinos, tampoco en este caso debería haber ninguna modificación tarifaria en este servicio como consecuencia de la anunciada "segmentación" o supresión del subsidio el Estado Nacional dispone en otras jurisdicciones.
Por lo expuesto, tampoco en este caso resulta necesario que los consumidores residenciales del servicio eléctrico efectuen ninguna declaración de datos personales y familiares ni efectuen ninguna renuncia al secreto fiscal, bancario o de cualquier otra naturaleza protegidos por las leyes vigentes.
Finalmente, una forma de evitar estos aumentos sería que algún gobierno fueguino deje de mendigar anticipos en Buenos Aires y se decida a provincializar el transporte de hidrocarburos en esta provincia, tal como lo dispone la ley 26.197.
(c) Dr. Federico Rauch - Julio 2022
La verdad que está muy claro, gracias Dr. Rauch.
ResponderEliminarGracias Blanca!
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