viernes, 24 de abril de 2020

NEGOCIOS CON DATOS PERSONALÍSIMOS

(c) Dr. Federico Rauch

 

 

 



  

 

Gabriel Ortiz, Pixart SRL y 

el Gobierno de Tierra de Fuego.


El Poder Ejecutivo de Tierra del Fuego, a 40 días de declarado un estado de emergencia muy parecido en los hechos a un estado de sitio, con el fin de impedir el contagio y extensión del Covid-19, ha comunicado y promocionado por la ministra Chaperon, un programa informático privado para ser instalado en los teléfonos celulares de todos los fueguinos con el objeto - también declarado- de asesorar, detectar y seguir a quienes lo instalen.

Constituye un peligrosísimo intento de someter a la población a un estado policial donde el control social se realiza mediante un estrecho y continuo seguimiento electrónico de cada persona, sus movimientos, y sus datos vitales orgánicos.


Por el momento, no se conoce ningún acto administrativo que disponga la obligación de los ciudadanos de instalar la aplicación y utilizarla.

Debido a la extrema gravedad institucional que para el sistema republicano y democrático tiene una iniciativa política y empresarial como ésta, resultará  necesario analizar su legalidad y constitucionalidad, tarea que excede el marco de esta publicación y será objeto de otra nota. Ahora nos centraremos en los hechos y detalles técnicos que la hacen posible.

Veamos primeramente los datos públicos relacionados con la cuestión.

Se trata de un programa (app) informático privativo y compilado únicamente en el sistema operativo Android. Android es un sistema desarrollado por Google a partir del sistema operativo Linux. Es decir es una versión de Linux, esencialmente.

Un programa informático no es otra cosa que un conjunto de instrucciones y algoritmos escritos en un lenguaje de programación. En general consta de partes pre escritas por otros, denominadas Api´s y Librerías que el desarrollador utiliza para ensamblarlas y unirlas a sus líneas de instrucciones.

El resultado es un programa compuesto por miles o cientos de miles de líneas de instrucciones que le dicen a las máquinas qué deben hacer.

A eso se le dice código fuente. Este código fuente puede ser leído y auditado por un profesional. Sin embargo, para que el programa pueda ser ejecutado por una máquina - en este caso un celular-, debe ser compilado. Cuando el autor del programa no desea que sea descompilado nuevamente a su código fuente, lo encripta para impedir su lectura.

La app vendida al gobierno fueguino es privativa. Es decir que no es posible verificar lo que hace una vez instalado en un celular, ni tampoco verificar si lo declarado por el desarrollador es verdad.

La sociedad comercial que desarrolló y vendió al gobierno de Tierra del Fuego esta aplicación es Pixart Argentina, una sociedad de responsabilidad limitada, cuyo dueño es el Ing. Gabriel Ortiz, un conocido empresario que ya hizo negocios con el gobierno nacional, vendiendo otro sistema privativo (Rxart Linux) que fue colocado en un millón de notebooks distribuidas por el Plan Conectar en el 2010.
 

La llamada "política de privacidad de la aplicación", que constituye una declaración unilateral de la sociedad comercial contratada por el gobierno, y que pretende sea aceptada sin reservas por los ciudadanos que la utilicen, tiene 6 páginas.

Se dice allí entre otras lindezas:

"POLÍTICA DE PRIVACIDAD DE LA APLICACIÓN SSI power by Pixart vigente desde el 22 de marzo de 2020. Por favor, lea detenidamente esta política de privacidad para usuarios de la aplicación web y móvil oficial SSI (“Aplicación” o “SSI”) de la empresa Pixart SRL, donde podrá encontrar toda la información sobre los datos que serán recopilados acerca de usted, cómo serán utilizados y qué control posee sobre los mismos."

"En particular, la información que tendremos sobre el USUARIO, incluirá los siguientes datos brindados por Ud.:
— Nombres y Apellidos.
— Número de teléfono móvil al cual se le enviará un SMS de verificación en el momento del registro.
— Documento Nacional de Identidad (DNI) en tanto y en cuanto es fundamental para que las Autoridades Sanitarias puedan integrar y comparar la información de posibles pacientes con síntomas, con los sistemas públicos de gestión sanitaria existentes y hacer un seguimiento a fin de brindar una atención personalizada en cada caso en particular.
— Fecha de nacimiento, permite identificar el grupo etario de pertenencia dentro de la población bajo análisis, este rango determinará si se trata de un grupo de riesgo.
— Dirección completa, código postal y comunidad autónoma en la que se encuentra.
— Género.
— Geolocalización, esto es, la localización vía GPS de su teléfono móvil. Sólo se utilizará a la hora de registrarse y realizar las autoevaluaciones.
 

— Parámetros establecidos sobre su autoevaluación en función de los síntomas que se vayan experimentando. En síntesis, a través de la utilización de la “Aplicación” se podrá recabar información acerca de los síntomas y/o antecedentes clínicos, como ser, la sensación de falta de aire, fiebre de +37.5ºC, tos seca, si se ha visitado alguna zona de riesgo en los últimos 14 días, si se ha estado en contacto con algún paciente positivo confirmado de Covid 19, si se presenta mucosidad en la nariz, dolor muscular y/o malestar en general."

Toda la información obtenida será analizada y procesada por miembros del Gobierno de la Provincia y Gabriel Ortiz y sus empleados.

Se afirma que la aplicación puede ser usada como tobillera electrónica (geofencing) para determinar si el USUARIO se encuentra en su domicilio.

Se afirma que los datos personalísimos que recopila de los ciudadanos pueden ser usados por: 
1) El Ministerio de Salud Provincial, el Ministerio de Salud de la Nación, los profesionales sanitarios y las autoridades quienes realizan trabajo en equipo,
2) las Autoridades (p.ej. cuerpos y fuerzas de seguridad del estado u órganos judiciales), nacionales y/o internacionales, con las que sea necesario compartir la información,
3) Proveedores y colaboradores, así como a las empresas que estos subcontraten, los cuales colaboren en calidad del tratamiento encargado al desarrollo, mantenimiento, evolución y operación de la Aplicación y quienes nos permitan prestarle los servicios a través de ella. 

En concreto, y muy significativamente la firma china HUAWEI, de donde provino el virus, con quien Ortiz contrató el almacenamiento en sus servidores.

Es decir, los datos personalísimos de los fueguinos quedarían bajo control de una potencia extranjera, aún cuando sus servidores se encuentren en Argentina, algo completamente ilegal.
Y se les exige declarar la autenticidad de los datos proporcionados: sus datos personales, número de teléfono móvil y/o demás información que sean cargados en el registro y/o uso de los servicios de la Aplicación deberá de ser siempre real, veraz y estar actualizado.

En la propaganda comercial que hace Pixart se informa claramente que sus máquinas e interfaces pueden entregar un permiso de circulación por el tiempo que el gobierno desee en cada caso.

 Finalmente, otro dato significativo es que el otro cliente estatal a la fecha es el gobierno de San Luis, donde recientemente un programador descubrió una falla en la aplicación mediante la cual quedaron  expuestos 45.000 ciudadanos de esa provincia.

La provincia de Tierra del Fuego tiene un deficit de varios puntos porcentuales. Es decir que gasta más de lo que le ingresa. En ese marco, resulta necesario que el gobierno publique en el boletin oficial el contrato con Pixart y su costo económico, incluyendo el abono mensual pactado.

En segundo lugar, esta contratación se ha efectuado con los poderes legislativos y judicial cerrados o con una actividad mínima o informal.

En tercer lugar, la cantidad de normas constitucionales y convencionales que la imposición obligatoria del uso de este programa informático violaría sería extensa, con la consiguiente responsabilidad internacional de la Argentina por su uso, aún cuando se lo quisiera justificar en la situación de emergencia sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo Nacional. Existe un principio de razonabilidad  y proporcionalidad entre el medio elegido y su finalidad. Y no estamos en un Estado de Sitio.

Cabe recordar además que hasta el momento toda la normativa de emergencia sanitaria dictada no ha sido ratificada por el Congreso Nacional.

En síntesis, la propuesta panóptica del señor Gabriel Ortiz y sus 40 empleados de colocar una estrella informática y además una suerte de "tobillera electrónica" en cada fueguino es completamente incompatible con el Estado de Derecho y la forma republicana y democrática de gobierno argentina.
 
En 1940, el régimen nazi impuso a los judíos la prohibición de circular sin portar una estrella amarilla en sus ropas.
 
El judio que era encontrado sin su estrella, o bien fuera de los guetos autorizados, se exponía a severas sanciones y penas, incluyendo su destierro o confinamiento en campos de concentración.
Los motivos alegados por Hitler y sus secuaces fueron de carácter seudo sanitario: Dijeron que era necesario para impedir la mezcla y el "contagio" de las razas.



Los Colegios de Abogados ya se han pronunciado al respecto. 

Esperemos que prime el sentido común y la cordura.